Inicio -> La participación en Palma
En el 2004, de acuerdo con lo establecido en la Ley 57/2003 de Medidas de Modernización del Gobierno Local, el Ajuntament de Palma aprobó su Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana con los objetivos de:
De acuerdo con esto, el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana concreta la forma en que se pueden ejercer los derechos de la ciudadania a la información y al acceso a archivos y registros, así como el derecho de petición, el derecho de participación a los órganos del Ajuntament, de iniciativa ciudadana, de propuesta ciudadana, de audiencia pública y a la consulta popular.
Por otra parte, regula el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas y establece que las entidades ciudadanas deben estar inscritas para poder disfrutar de determinados derechos:
Además prevee el derecho a participar en el Pleno del Ajuntament de las entidades declaradas de utilidad pública municipal y establece los criterios que han de cumplir las entidades para obtener esta calificación. Igualmente regula los derechos y obligaciones de las entidades perceptoras de subvenciones municipales.
Finalmente el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana regula los consejos territoriales de distritos, los consejos sectoriales de área y el consejo social de la ciudad como órganos de participación de la ciudad, y establece una serie de formas, mecanismos y medidas de promoción y desarroll de la participación ciudadana.
Fecha última modificación:21 de Marzo de 2017